TÍTULO VIII
Artículo 447
Codigo Electoral
El Tribunal Electoral ejercerá su potestad reglamentaria mediante decretos. En el ejercicio de sus funciones
administrativas dictará los acuerdos, las resoluciones y los resueltos que sean necesarios.
Además de las resoluciones administrativas, el Tribunal Electoral dictará resoluciones jurisdiccionales en los asuntos que
tengan este carácter.
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