Matlock

CAPÍTULO IV

Artículo 1396

Codigo de Comercio

Toda reclamación procedente del contrato de seguro habrá de ir acompañada de los documentos que justifiquen: 1. El viaje del buque con la protesta del capitán o copia certificada del "Diario de Navegación"; 2. El embarque de los objetos asegurados, con el conocimiento y documentos de expedición de aduana; 3. El contrato de seguro o la póliza; La pérdida de las cosas aseguradas, con los mismos documentos del número 1º. Además, se fijará el descuento de los objetos asegurados, previo el reconocimiento de peritos. Los aseguradores podrán contradecir la reclamación y se les admitirá sobre ello la prueba que procediere.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.