CAPÍTULO III
Artículo 9
Codigo Civil
Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal a pretexto de
consultar su espíritu. Pero bien se puede, para interpretar una expresión oscura de la ley, recurrir
a su intención o espíritu, claramente manifestados en ella misma o en la historia fidedigna de su
establecimiento.
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