Matlock

Sección II

Artículo 367

Codigo Agrario

Anualmente se incluirá en el subsidio que el Estado proporcione a sus Instituciones de Crédito Agrícola, las sumas tendientes a satisfacer las demandas regulares del programa de Reforma Agraria y de las obras de valorización integral.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.