Matlock

Sección II

Artículo 10

Codigo Agrario

Las disposiciones de este Código serán aplicables a las comunidades indígenas, para su incorporación a la economía nacional, en cuanto ellas no interfieran con los derechos específicos que la Constitución Nacional les otorga.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.