CAPÍTULO I.-
Artículo 924
Codigo Administrativo
Solo el gobierno podrá poseer armas y elementos de guerra.
Artículo regulado por la Ley 14 de 30 de octubre de 1990, publicada en la Gaceta 21.659 de 6 de noviembre de 1990
Artículo citado en: una sentencia
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