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CAPÍTULO I.-

Artículo 924

Codigo Administrativo

Solo el gobierno podrá poseer armas y elementos de guerra. Artículo regulado por la Ley 14 de 30 de octubre de 1990, publicada en la Gaceta 21.659 de 6 de noviembre de 1990 Artículo citado en: una sentencia

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