CAPÍTULO V
Artículo 819
Codigo Administrativo
En los casos de los dos artículos anteriores, a la solicitud deberán acompañarse los comprobantes respectivos. Si el empleado que debe resolver el asunto los encontrare deficientes puede hacerlos ampliar si le parece justo y razonable, antes de decidir.
Cuando las pruebas fueren informaciones de testigos, éstos deben declarar sobre hechos precisos y determinados y dar razón satisfactoria de su dicho. Esas informaciones se practicarán con citación del Agente del Ministerio Público, quien tiene derecho a repreguntar a los testigos. El que reciba las declaraciones debe certificar sobre la idoneidad de los deponentes.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →