Matlock

CAPÍTULO II.-

Artículo 1447

Codigo Administrativo

El que venda un medicamento por otro, o aumente o disminuya la cantidad que debía vender, según la fórmula que se le presente, pagará una multa de cinco a cincuenta balboas.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.