Matlock

CAPÍTULO I.-

Artículo 1346

Codigo Administrativo

En las calles sólo podrán detenerse animales o carros por el tiempo necesario para las operaciones de cargar y descargar, pero sin ocupar nunca las aceras ni atravesarlos en las calles de manera que impidan el tránsito.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.