CAPÍTULO IV.-
Artículo 1001
Codigo Administrativo
Los empleados de Policía prestarán el auxilio necesario a los padres de familia para ejercer sobre ésta los derechos y la autoridad que les conceden las leyes, e intervendrán asimismo para impedir el abuso en el ejercicio de la autoridad expresada.
Artículo citado en: una sentencia
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