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Arrendamientos · 24 de agosto de 2026

¿Puede tu casero subir el alquiler cuando quiera?

Corta: no. En Panamá, subir el canon de arrendamiento por fuera de lo que permite la Ley de Arrendamientos (Ley 93 de 1973) no obliga al inquilino a pagarlo, aunque lo hayas firmado o aceptado de palabra.

Ley 93 de 1973 (Ley de Arrendamientos) · Artículo 37

El aumento del canon de arrendamiento en contravención a las disposiciones de esta Ley no obligará a los arrendatarios.

Cuándo sí es legal un aumento

La ley no prohíbe todo aumento — lo que exige es que pase por el Ministerio de Vivienda. El propietario puede pedir autorización cuando le suben los costos de operación o mantenimiento del inmueble, cuando la rentabilidad del negocio cae por debajo de lo que la ley considera razonable, o cuando hizo mejoras al inmueble que benefician al inquilino.

La misma norma pone un techo: se considera rentabilidad justa y razonable hasta el 15% neto anual sobre el costo total del inmueble. Y si el aumento autorizado supera el 10% del canon vigente, no se aplica de golpe — se prorratea año a año hasta llegar al monto total.

Ley 93 de 1973 (Ley de Arrendamientos) · Artículo 38

El Ministerio de Vivienda podrá autorizar aumentos en los costos de operación o mantenimiento, o si la tasa de rentabilidad desciende por debajo de un nivel considerado justo y razonable... Para la autorización de aumentos de canon de arrendamientos no excluidos del ámbito de aplicación de esta Ley, se considera como rentabilidad justa y razonable hasta el 15% neto anual sobre el costo total del inmueble. Sin embargo, cuando el aumento autorizado sea superior al 10% del canon vigente éste se prorrateará anualmente hasta alcanzar el monto total autorizado.

Qué hacer si ya te subieron el alquiler sin autorización

Si tu propietario aumentó el canon sin pasar por ese proceso, el aumento simplemente no te obliga — legalmente podés seguir pagando el monto anterior. Guardá los recibos y comunicaciones donde conste el canon original y el aumento; eso es lo primero que te va a pedir un abogado o la Dirección General de Arrendamientos si necesitás formalizar el reclamo.

No todos los inmuebles están cubiertos por esta ley de la misma forma (hay exclusiones según valor o tipo de uso), así que si tu caso involucra un monto grande o un contrato comercial, conviene confirmarlo. Preguntale a Matlock para orientarte, y consultá a un abogado si el propietario insiste en el aumento.

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Esto es información legal general, no asesoría legal personalizada. Para tu caso específico, consulta a un abogado.