CAPÍTULO I
Artículo 246
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
Si en un periodo continuo de doce (12) meses, el historial del conductor alcanza una
puntuación de cincuenta (50) o más puntos, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre
procederá a suspender su licencia de conducir de la forma siguiente:
a) A la primera puntuación, suspensión por un mes.
b) A la segunda puntuación, suspensión por tres meses.
c) A la tercera puntuación, suspensión de seis meses.
Adicionalmente, tendrá que asistir a cursos de concienciación del conductor en reglamentos y
seguridad vial, en el lugar y por el tiempo que determine la Autoridad del Tránsito y Transporte
Terrestre.
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