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CAPÍTULO IV

Artículo 26

Ley 93 de 1973 (Ley de Arrendamientos)

Si fuere insuficiente o inadecuado el mobiliario entregado al arrendatario, éste, mientras subsista el contrato, podrá exigir del arrendador el complemento de aquel y el reintegro de las cantidades que indebidamente le hubiere abonado por dicha causa.

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