TÍTULO XV
Artículo 190
Ley 64 de 2012 (Derecho de Autor y Derechos Conexos)
Las disposiciones de la presente Ley, a excepción de las referidas a los derechos morales, se aplicarán a todas las obras que, al momento de su entrada en vigor, no hayan pasado al dominio público.
Las obras que se encuentren en dominio público continuarán dentro del mismo, aun cuando el plazo de protección haya sido ampliado.
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