CAPÍTULO II
Artículo 183
Ley 64 de 2012 (Derecho de Autor y Derechos Conexos)
Se adiciona el artíqulo 26^-B^ál Código Penal, así:
Artículo 266-B
Se impondrá la pena de dos a cuatro años de prisión a quien fabrique, importe, distribuya, ofrezca al público, proporcione o de otra manera trafique dispositivos, productos,, o componientes, u ofrezca al público o proporcione servicios, los cuales:
Son promocionados, publicitados, o comercializados con el propósito de evadir una medida tecnológica efectiva; o
Únicamente tienen un limitado propósito o uso de importancia comercial diferente al de evadir una medida tecnológica efectiva; o
Son diseñados, producidos o ejecutados principalmente con el fin de permitir o facilitar la evasión de cualquier medida tecnológica efectiva.
Quedan excluidos del alcance de lo dispuesto en el artículo 266-A y en este artículo las bibliotecas, archivos, instituciones educativas u organismos públicos de radiodifusión no comercial sin fines de lucro.
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