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CAPÍTULO I

Artículo 169

Ley 64 de 2012 (Derecho de Autor y Derechos Conexos)

El titular del derecho infringido podrá pedir, cuando corresponda, la entrega de los ejemplares ilícitos y del material utilizado para la utilización indebida, a precio de costo y a cuenta de la correspondiente indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, el secuestro del ejemplar ilícito no surtirá efecto contra quien haya adquirido, de buena fe y para su exclusivo uso personal, una sola copia ilícitamente reproducida.

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