CAPÍTULO I
Artículo 150
Ley 64 de 2012 (Derecho de Autor y Derechos Conexos)
Las excepciones establecidas en el artículo 149 de la presente Ley se limitan a las actividades legalmente autorizadas y realizadas por empleados públicos, agentes o contratistas con el fin de hacer cumplir la ley, en casos de inteligencia, seguridad nacional o actividades similares de gobierno.
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