Sección 7a Etapa Posadoptiva
Artículo 84
Ley 61 de 2008 (Ley General de Adopciones)
Adopción receptiva. Los niños, niñas o adolescentes extranjeros que, en virtud de la adopción por personas panameñas o extranjeras residentes en Panamá, se radiquen definitivamente en el país gozarán de todos los derechos, garantías, atributos, deberes y responsabilidades que la ley y los instrumentos internacionales confieren según el régimen de adopción nacional.
Título IV Disposiciones Finales
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