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CAPÍTULO XI

Artículo 54

Ley 51 de 2017 (Transporte de Carga por Carretera)

La Dirección Nacional de Registro Único Vehicular Motorizado inscribirá la transferencia de vehículos de transporte de carga si, previamente, se le comprueba la vigencia del seguro obligatorio correspondiente. CAPÍTULO XII Terminales de Carga

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