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Artículo 49

Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)

. Facultades y deberes del director de Fiscalización, Responsabilidad Institucional y Observatorio del Asegurado. Son facultades y deberes del director de Fiscalización, Responsabilidad Institucional y Observatorio del Asegurado las siguientes: 1. Informar a la Junta Directiva de los actos de corrupción y de falta de transparencia, para que sean combatidos de forma inmediata, y desarrollar los procesos que se deben implementar para prevenirlos, así como fiscalizar a través de auditorías e investigaciones el funcionamiento de los precitados procesos. 2. Recomendar a la Junta Directiva políticas para la dirección, conducción, supervisión y coordinación de auditorías e investigaciones relacionadas con el funcionamiento de la institución y, en especial, para que, en coordinación con la Dirección General, se ejecuten planes y programas institucionales para detectar presuntas faltas e irregularidades que estén definidos en el Código de Ética, en las leyes y en sus reglamentos, así como proponer correctivos frente a tales prácticas indebidas. 3. Revisar las normas legales y reglamentarias, así como los procedimientos relacionados con el funcionamiento de la institución, a fin de realizar las recomendaciones pertinentes en lo que concierne al impacto de dicha legislación o reglamentación en la economía y eficiencia de esta, o en la prevención de abusos de autoridad, despilfarros, fraudes en todas sus manifestaciones u otras irregularidades. 4. Realizar tareas en apoyo a los procesos de investigación que adelanten las instancias administrativas. 5. Recibir y examinar los informes de auditoría preparados por la Dirección Nacional de Auditoría de la Caja de Seguro Social, que le someta la Junta Directiva, a los efectos de hacer recomendaciones con relación a los procedimientos seguidos y a las acciones que se derivan y que deba emprender la Administración como resultado de ellos. 6. Realizar las investigaciones y auditorías específicas, incluida la captación de pruebas, que sean necesarias o aconsejables, incluyendo los presuntos actos violatorios a la presente Ley y reglamentos en materia administrativa y de salud, e informar a la Junta Directiva sobre los procedimientos, los resultados obtenidos, procurando señalar los agentes internos y externos involucrados y las acciones correctivas que considere necesario recomendar. 7. Solicitar a individuos o entidades, públicas y privadas, la información, los documentos, los informes, los antecedentes, los datos necesarios y las evidencias, para la fiel ejecución de sus funciones, de acuerdo con los medios idóneos que establezcan las leyes correspondientes. 8. Presentar informes periódicos a la Junta Directiva, sobre las irregularidades que encuentre en el ejercicio de sus funciones. Las diferentes instancias administrativas y de servicios de la Caja de Seguro Social deberán brindar su colaboración al director de Fiscalización, Responsabilidad Institucional y Observatorio del Asegurado, para el eficiente y oportuno cumplimiento de sus funciones. En materia de atención al asegurado, tendrá las siguientes funciones: 1. Monitorear la calidad de la atención médica y administrativa en todas las unidades de la Caja de Seguro Social. 2. Recibir y canalizar denuncias de asegurados sobre deficiencias en los servicios, mala atención o negligencia. 3. Elaborar recomendaciones para mejorar la eficiencia en la prestación de los servicios de salud. 4. Monitorear el cumplimiento de la jornada laboral del personal médico y administrativo. 5. Aplicar encuestas de satisfacción en todas las unidades de la Caja de Seguro Social para evaluar la percepción del servicio del asegurado. 6. Monitorear el cumplimiento de protocolos médicos y administrativos. 7. Emitir informes trimestrales sobre la eficiencia del personal y las áreas de mejora detectadas. 8. Promover la transparencia mediante la publicación de informes periódicos. 9. Capacitar al personal médico y administrativo en la atención humanizada y de salud con calidad al asegurado. La Dirección de Fiscalización, Responsabilidad Institucional y Observatorio del Asegurado deberá publicar informes semestrales con indicadores clave de desempeño en calidad en la atención de salud, incluyendo: 1. Tiempo promedio de espera en consultas y procedimientos médicos. 2. Número de denuncias recibidas y porcentaje de resolución. 3. Índices de satisfacción de los asegurados. 4. Tasa de ausentismo del personal de la Caja de Seguro Social. 5. Medidas correctivas implementadas y su impacto. 6. Cualquier otra que sea para la mejora y el beneficio del servicio al asegurado. Además, el director de Fiscalización, Responsabilidad Institucional y Observatorio del Asegurado deberá presentar cada año un informe de gestión ante la Junta Directiva, que deberá hacerlo público por los medios de comunicación. Estos informes estarán disponibles en la página web de la Caja de Seguro Social dentro de los diez días siguientes a su presentación.

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