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Artículo 40

Ley 45 de 2007 (Proteccion al Consumidor y Defensa de la Competencia)

Nulidad de renuncia de derechos en contratos de adhesión. Son nulas en los contratos de adhesión, y por lo tanto no obligan a los consumidores, las estipulaciones que impliquen renuncia o disminución de un derecho reconocido en esta Ley a favor de los consumidores.

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