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Sección 7 a Reconocimiento de Documentos Privados

Artículo 198

Ley 45 de 2007 (Proteccion al Consumidor y Defensa de la Competencia)

Racionalización de licencias. A partir de la incorporación de la República de Panamá a la Organización Mundial del Comercio, no se requerirán licencias, permisos previos, cuotas, vistos buenos, criterios vinculantes o cualquier otra forma de autorización para la importación y exportación de bienes, salvo las acordes con esta Organización o las que estén reguladas por convenciones internacionales suscritas por la República de Panamá. El Estado establecerá los nuevos mecanismos jurídicos que sustituirán los controles mencionados, de conformidad con los compromisos internacionales del país. Capítulo II Regulación de Precios

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