Sección IV
Artículo 42
Ley 32 de 1927 sobre Sociedades Anonimas
La citación se hará con la antelación y de la manera que dispongan el
pacto social o los estatutos; pero si estos no dispusieron otra cosa se hará mediante
entrega personal o por correo de la citación a cada accionista registrado y con derecho
a voto, no menos de diez días ni más de sesenta antes de la fecha de la Junta.
Si la sociedad ha emitido acciones al portador la citación se publicará de acuerdo con
lo que el pacto social o los estatutos dispongan.
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