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Sección IV

Artículo 42

Ley 32 de 1927 sobre Sociedades Anonimas

La citación se hará con la antelación y de la manera que dispongan el pacto social o los estatutos; pero si estos no dispusieron otra cosa se hará mediante entrega personal o por correo de la citación a cada accionista registrado y con derecho a voto, no menos de diez días ni más de sesenta antes de la fecha de la Junta. Si la sociedad ha emitido acciones al portador la citación se publicará de acuerdo con lo que el pacto social o los estatutos dispongan.

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