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CAPÍTULO VII - Funciones de los Directores

Artículo 88

Ley 284 de 2022 (Regimen de Propiedad Horizontal)

. Son funciones del secretario las siguientes: 1. Ejercer la representación legal de la Asamblea de Propietarios en ausencia del presidente y del vicepresidente. 2. Presidir las reuniones de la Asamblea de Propietarios a falta del presidente y del vicepresidente. 3. Actuar como secretario en las reuniones de la Asamblea de Propietarios y de la Junta Directiva. 4. Llevar un libro o registro de actas de las reuniones de la Asamblea de Propietarios y otro de la Junta Directiva. 5. Convocar a reunión ordinaria y extraordinaria de la Asamblea de Propietarios, conforme a lo preceptuado en esta Ley. 6. Extender, cuando se le solicite, las certificaciones de paz y salvo de las cuotas de gastos comunes, en ausencia del administrador y del presidente, en un término no mayor de tres días calendario. 7. Extender certificaciones. 8. Ejercer las demás que le sean señaladas por la presente Ley, su reglamentación o la Asamblea de Propietarios.

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