CAPÍTULO VI - Junta Directiva
Artículo 76
Ley 284 de 2022 (Regimen de Propiedad Horizontal)
.
Los directores electos por la Asamblea de Propietarios podrán recibir los beneficios que esta decida otorgar por el desempeño de sus cargos en atención a la administración de la propiedad horizontal. Estos beneficios estarán sujetos principalmente a la asistencia, colaboración activa en sus funciones como Junta Directiva y demás términos que establezca la Asamblea de Propietarios, aprobados mediante el voto favorable del 51 % de la totalidad de las unidades inmobiliarias que se encuentren al día en el pago de las cuotas de gastos comunes.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →