CAPÍTULO II
Artículo 46
Decreto Ley 3 de 2008 - Servicio Nacional de Migracion
La autorización de entrada y salida múltiple constituye una visa de entrada y
salida del territorio nacional, que expide el Servicio Nacional de Migración o el personal
diplomático o consular autorizado para realizar funciones migratorias, a los extranjeros no
residentes que lo soliciten. Esta visa se otorgará con fundamento en lo dispuesto en este Decreto
Ley y su reglamento, leyes especiales, tratados, convenios o acuerdos internacionales, ratificados
o aprobados por la República de Panamá.
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