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CAPÍTULO II

Artículo 46

Decreto Ley 3 de 2008 - Servicio Nacional de Migracion

La autorización de entrada y salida múltiple constituye una visa de entrada y salida del territorio nacional, que expide el Servicio Nacional de Migración o el personal diplomático o consular autorizado para realizar funciones migratorias, a los extranjeros no residentes que lo soliciten. Esta visa se otorgará con fundamento en lo dispuesto en este Decreto Ley y su reglamento, leyes especiales, tratados, convenios o acuerdos internacionales, ratificados o aprobados por la República de Panamá.

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