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CAPÍTULO I GENERALIDADES

Artículo 6

Decreto Ley 9 de 1998 (Regimen Bancario, Texto Unico 2008)

Funciones de la Superintendencia. Son funciones de la Superintendencia: 1. Velar por que los bancos mantengan coeficientes de solvencia y liquidez apropiados para atender sus obligaciones, así como procedimientos adecuados que permitan la supervisión y el control de sus actividades nacionales e internacionales, en estrecha colaboración con los entes supervisores extranjeros, si fuera el caso. 2. Desarrollar las disposiciones del régimen bancario. Cuando dicha función la ejerza la Junta Directiva se hará mediante acuerdo, y cuando la ejerza el Superintendente, mediante resolución. 3. Imponer las sanciones correspondientes a quienes ejerzan el negocio de banca sin estar debidamente autorizados. 4. 2Ejercer las funciones que le sean asignadas por este Decreto Ley o por otras leyes.

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