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CAPÍTULO I

Artículo 52

Decreto Ejecutivo 13 de 2023 (Reglamenta Ley 204 de 2021, Pesca y Acuicultura)

Requisitos para la obtención o renovación de la licencia de pesca de gran escala. Para obtener una licencia de pesca de gran escala, el interesado deberá presentar su solicitud a la Autoridad, mediante abogado, y cumplir con los siguientes requisitos: Poder; Datos generales del interesado, con indicación del domicilio donde reside permanentemente especificando provincia, distrito, corregimiento, barrio, calle y número de casa o apartamento, contacto telefónico de residencia, teléfono móvil y/o correo electrónico; Documento de identidad personal del interesado y de su representante, en caso de que el propietario y/o titular sea una persona natural; Copia del Certificado de Registro Público, en caso de que el propietario y/o titular sea una persona jurídica; Patente de navegación vigente, emitida por la Autoridad Marítima de Panamá, cuyos términos y vigencia será verificada por la Autoridad conforme a sus procedimientos; Copia de la diligencia de arqueo y avalúo del buque; Indicación de los recursos pesqueros que se solicitan capturar, arte de pesca, indicación del puerto base, área de pesca y características dimensionales y técnicas del buque; Tres fotografías a color del buque, que incluyan la popa, estribor y babor, tomadas en los últimos seis meses y que muestren el estado actual del buque y su nombre correctamente pintado; Certificación de inspección realizada en sitio del buque, artes de pesca y motor, expedida por la Autoridad; Certificado de Paz y Salvo del propietario del buque, emitido por la Autoridad; Número del buque asignado por la Organización Marítima Internacional u OMI, cuando aplique; Certificado de baliza, en el que conste que mantiene instalado, transmitiendo al Centro y en operación, un VMS; Pago de la tarifa correspondiente. La Autoridad, mediante resolución administrativa, podrá regular en caso de licencias de pesca de gran escala para determinadas especies, que los buques que posean dichas licencias cuenten con características náuticas de bodega, eslora, puntal, manga y potencia de los motores que no excedan de los parámetros establecidos en el artículo 42 del presente reglamento. Para la renovación de esta licencia, el interesado seguirá el procedimiento establecido en el primer párrafo de este artículo y cumplirá los requisitos señalados en sus numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12 y 13. Además, deberá presentar copia de la licencia cuya renovación se solicita y tres fotografías recientes a color del buque en las que se incluyan la popa, estribor y babor y muestren el estado actual del buque, y su nombre, número de licencia de pesca, número de patente de navegación, letra de radio, y número OMI cuando aplique, correctamente pintados.

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