Matlock

CAPÍTULO VII

Artículo 195

Decreto Ejecutivo 13 de 2023 (Reglamenta Ley 204 de 2021, Pesca y Acuicultura)

Trazabilidad para garantizar origen legal de la pesca. La trazabilidad del origen legal de los productos y subproductos provenientes de la pesca, se acreditará a través de las medidas, los medios e instrumentos de seguimiento, control y vigilancia descritos en el Capítulo anterior. La omisión o incumplimiento de alguna medida, medio o instrumento antes indicado, será considerado como una infracción leve o grave, de acuerdo a lo establecido en la Ley y el presente reglamento. Lo antes dispuesto, se entenderá sin perjuicio de las facultades y competencias de otros organismos y autoridades en la materia.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.