CAPÍTULO I
Artículo 68
Codigo de Trabajo
El contrato escrito de trabajo contendrá:
Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio y número de cédula de las partes. Cuando el empleador sea persona jurídica, deberá constar su nombre o razón social, su domicilio, el nombre de su representante legal, y los datos de inscripción en el registro público.
Nombre de las personas que viven con el trabajador de las que dependan de él.
Determinación especifica de la obra o servicios convenidos y de las modalidades referentes a los mismos, acordados para su ejecución.
Lugar o lugares donde deberá prestarse el servicio.
Duración del contrato si es por tiempo fijo o la declaración correspondiente si es por tiempo indefinido, o para obra determinada.
Duración y división regular de la jornada de trabajo.
El salario, forma, día y lugar de pago.
Lugar y fecha de celebración.
Firma de las partes si pudieren hacerlo, o la impresión de su huella digital en presencia de testigos que firmen a ruego, y constancia de aprobación oficial del contrato en los casos exigidos por este Código.
Artículo citado en: 21 sentencias
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