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CAPÍTULO I

Artículo 68

Codigo de Trabajo

El contrato escrito de trabajo contendrá: Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio y número de cédula de las partes. Cuando el empleador sea persona jurídica, deberá constar su nombre o razón social, su domicilio, el nombre de su representante legal, y los datos de inscripción en el registro público. Nombre de las personas que viven con el trabajador de las que dependan de él. Determinación especifica de la obra o servicios convenidos y de las modalidades referentes a los mismos, acordados para su ejecución. Lugar o lugares donde deberá prestarse el servicio. Duración del contrato si es por tiempo fijo o la declaración correspondiente si es por tiempo indefinido, o para obra determinada. Duración y división regular de la jornada de trabajo. El salario, forma, día y lugar de pago. Lugar y fecha de celebración. Firma de las partes si pudieren hacerlo, o la impresión de su huella digital en presencia de testigos que firmen a ruego, y constancia de aprobación oficial del contrato en los casos exigidos por este Código. Artículo citado en: 21 sentencias

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