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CAPÍTULO VI

Artículo 474

Codigo de Trabajo

El expediente relativo al arbitraje, una vez notificado el laudo, se archivará en el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social. Artículo citado en: una sentencia TÍTULO IV Derecho de huelga Artículos 475 a 519 CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 475 a 482

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