CAPÍTULO III
Artículo 32
Codigo de Trabajo
Cuando un trabajador deba prestar servicios en turnos rotativos que comprendan distintas jornadas de trabajo, deberá recibir un salario uniforme, independientemente de las variaciones en el número de horas trabajadas por razón de los cambios de jornadas de trabajo.
Artículo citado en: 14 sentencias
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →