CAPÍTULO II
Artículo 26
Codigo de Trabajo
Las empresas de servicio público y las que ejecuten obras por contrato con el Estado, o sus dependencias, preferirán, en lo posible, y mediando igualdad de condiciones, a las personas que integren las ternas que les someta el servicio de empleo.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →