CAPÍTULO IV
Artículo 1040
Codigo de Trabajo
En los remates el secretario del tribunal, en funciones de alguacil ejecutor, practicará todas las diligencias judiciales. El Juez resolverá las cuestiones que se susciten.
TÍTULO XII
Proceso de juzgamientos de faltas
Artículos 1041 a 1061
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