Matlock

Artículo 189

Codigo de Recursos Minerales

Se realizarán audiencias para ventilación de las apelaciones. El Ministro o cualquier funcionario público de reconocida probidad y capacidad designado por él, que no sea ni haya sido funcionario o empleado de la Dirección General de Recursos Minerales durante el año anterior por lo menos, presidirá la audiencia de apelación.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.