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CAPÍTULO II

Artículo 401

Codigo Procesal Penal

Lectura para apoyo de memoria en la audiencia del juicio oral. Cuando fuera necesario ayudar a la memoria del testigo o perito, cuando esté prestando declaración o para demostrar o superar contradicciones o para solicitar las aclaraciones pertinentes, se podrá leer en el interrogatorio o contrainterrogatorio parte o partes de sus declaraciones anteriores prestadas ante los organismos de policía, el Fiscal o el Juez de Garantías. Con los mismos objetivos, se podrán leer durante la declaración de un perito partes del informe que él hubiera elaborado.

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