Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu
Artículo 730
Codigo Procesal Civil
Sucesión tramitada ante distintas autoridades. Cuando se adelanten dos o más procesos de sucesión de un mismo causante, cualquiera de los interesados podrá solicitar que se remita al competente en atención al territorio del causante. La solicitud se presentará con la prueba del interés del solicitante, los certificados sobre la existencia de los procesos y el estado en que se encuentren, y se tramitará como incidente después de recibidos los expedientes, cuya remisión ordenará el juez o tribunal. Si el juez tiene conocimiento de que el mismo proceso de sucesión se adelanta ante un notario, le oficiará a este para que suspenda el trámite. Título IV Procesos de Ejecución Capítulo 1 Proceso Ejecutivo
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