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Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu

Artículo 686

Codigo Procesal Civil

Asuntos sometidos a la jurisdicción voluntaria. Se sujetarán al procedimiento de jurisdicción voluntaria los siguientes asuntos: 1. Para la declaración o reconocimiento de derechos o situaciones jurídicas sin contradicción, cuya atribución al Órgano Judicial se establece para el aseguramiento o protección de derechos de particulares, como los casos de pago por consignación y edificaciones en terrenos ajenos. 2. Para la verificación de determinados hechos o situaciones jurídicas, en que sea necesario un enjuiciamiento previo de tales circunstancias, como los casos de declaración de ausencia y declaración de muerte y sucesiones. 3. Cualquier otro asunto en que sea necesario demostrar la existencia de hechos que han producido o que estén llamados a producir efectos jurídicos y de los cuales no se deriven efectos jurídicos adversos a persona conocida.

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