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Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu

Artículo 649

Codigo Procesal Civil

Procedencia. Los bienes vacantes son aquellos bienes inmuebles que se encuentran dentro del territorio respectivo a cargo del Estado o nación sin propietario aparente o conocido y los mostrencos son los bienes muebles que se encuentran en la misma condición. La demanda para que se declaren vacantes o mostrencos determinados bienes, solo podrá instaurarse por la persona o entidad a la cual deban adjudicarse conforme a la ley. Para que proceda la declaración de vacancia de un inmueble rural, se reqUIere que el demandante haya demostrado que aquel salió legalmente del patrimonio de la nación.

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