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Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu

Artículo 613

Codigo Procesal Civil

Trámite de la consulta. Cuando proceda la consulta, la resolución junto con el expediente se remitirán de manera oficiosa dentro del término de ejecutoria al superior. La consulta se decidirá sin trámite, salvo que el superior de oficio disponga oír a las partes. La resolución definitiva se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la vista de la causa. Durante la tramitación de la consulta; los efectos de la resolución quedan suspendidos.

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