Matlock

Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu

Artículo 559

Codigo Procesal Civil

Reinicio del proceso y aprobación del acuerdo. Concluida la mediación, la sede o centro de mediación deberá remitir al tribunal el resultado del procedimiento. Presentado el acuerdo de mediación, el juez lo revisará inmediatamente yen caso de encontrar que versa sobre derechos disponibles por las partes y que se ajusta a las disposiciones sustanciales, a la naturaleza del objeto del debate y a las reglas especiales de eficacia del procedimiento dispuestas en el artículo 550, procederá a su aprobación sin más trámite. Si no se llega a un acuerdo de mediación, se continuará con el proceso en la actuación procesal pendiente al momento de la suspensión.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.