Sección 2.3 Personas sin Capacidad Procesal Artículo 96. Comparecencia. Las personas que no tengan capacidad procesal comparece
Artículo 381
Codigo Procesal Civil
Expensas. Son aquellos gastos en los cuales se incurre en los procesos como los derivados de copias o certificaciones para ser aducidas como pruebas, así como los honorarios de los auxiliares judiciales. Las expensas forman parte de las costas, pero no incluyen el trabajo en derecho o representación técnica del abogado.
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