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CAPÍTULO VIII

Artículo 361

Codigo Penal

Quien viole, destruya o desprenda envolturas, sellos o marcas colocados por autoridad competente para conservar o identificar un objeto será sancionado con prisión de uno a tres años o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana. Si el autor tiene la obligación de custodiarlos o conservarlos la sanción aumentará en la mitad de pena.

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