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CAPÍTULO IV

Artículo 353

Codigo Penal

El servidor público que cobre algún impuesto, tasa, gravamen, contribución o derecho inexistente será sancionado con prisión de tres a seis años. Si el cobro es legal, pero se usa algún medio no autorizado por la ley, la sanción será de seis meses a un año de prisión o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana. CAPÍTULO V Tráfico de Influencias Artículo 354

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