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CAPÍTULO X

Artículo 288

Codigo Penal

Quien, para descubrir innovaciones o secretos de un agente económico, se apodere de datos, información, soporte informático, procedimiento, fórmula o informe, siempre que cause perjuicio a este, será sancionado con prisión de dos a cuatro años. La prisión será de tres a seis años, si el autor se apodera de los secretos de la empresa como servidor público, trabajador de la empresa o en virtud de la prestación de servicios profesionales. CAPÍTULO XI Delitos de Contrabando y Defraudación Aduanera Artículo 288.a Capítulo adicionado por la Ley 34 de 8 de mayo de 2015, publicada en la Gaceta 27776-A de 8 de mayo de 2015.

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