CAPÍTULO III
Artículo 208
Codigo Penal
Quien sustraiga, traslade, retenga o intente realizar estas conductas en una persona menor de edad con medios ilícitos, tales como secuestro, consentimiento fraudulento o forzado, la entrega o recepción de pagos o beneficios ilícitos, con el fin de lograr el consentimiento de los padres, las personas o la institución a cuyo cargo se haya el menor de edad, será sancionado con ocho a diez años de prisión.
CAPÍTULO IV
Delitos contra la Familia
Artículos 209 a 212
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