TÍTULO XVII
Artículo 460-O
Codigo Judicial de Panama
Los Juzgados Seccionales y los Tribunales Superiores de Trabajo forman
parte del Órgano Judicial, y en la designación de sus titulares y suplentes, así como en lo
relativo a licencias, vacaciones, incompatibilidades, sanciones disciplinarias y otros, se
aplicará lo dispuesto en este Libro.
Los funcionarios subalternos, Jueces Seccionales y Magistrados que se encuentren
laborando en la jurisdicción especial de trabajo, que fueron elegidos y nombrados mediante
concurso, utilizando el Sistema de Selección de Cargos establecido en el Reglamento de
Carrera Judicial, quedan incorporados a ésta al entrar en vigencia la presente Ley.
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