TÍTULO XV
Artículo 430
Codigo Judicial de Panama
La Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, previa
consulta con los defensores de oficio, elaborará el reglamento que determine sus
atribuciones, el reparto de los procesos y demás asuntos que sean de su conocimiento, según
la jerarquía y la forma de atender los asuntos de su cargo.
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