Sección 8ª
Artículo 373
Codigo Judicial de Panama
La Universidad de Panamá, los hospitales del Estado y particulares, las
Fuerzas de Defensa y cualquier otra entidad estatal o particular tienen la obligación de
cooperar con el Instituto de Medicina Legal en aquellas diligencias y servicios técnicos de
su especialidad, que les sean requeridos.
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