TÍTULO X
Artículo 233
Codigo Judicial de Panama
La jurisdicción y la competencia se determinan con respecto al estado de he-
cho existente en el momento de la presentación de la demanda o de ejercerse el derecho
respectivo. No tienen importancia respecto de ellas los posteriores cambios de dicho estado,
salvo que la ley expresamente disponga otra cosa.
Capítulo II
Competencia
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