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TÍTULO X

Artículo 233

Codigo Judicial de Panama

La jurisdicción y la competencia se determinan con respecto al estado de he- cho existente en el momento de la presentación de la demanda o de ejercerse el derecho respectivo. No tienen importancia respecto de ellas los posteriores cambios de dicho estado, salvo que la ley expresamente disponga otra cosa. Capítulo II Competencia

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